Este jueves ha entrado en vigor la modificación mediante la cual los viajeros internacionales procedentes de países de riesgo, además de con una PCR, también puedan acreditar un diagnóstico negativo de infección activa por Covid con una prueba de Amplificación Mediada por Transcripción (TMA) realizada 72 horas antes de su llegada.
Del mismo modo, la nueva redacción de la norma señala que los menores de seis años quedan exentos de la obligación de presentar una prueba negativa para poder entrar en el país.
Además, la norma, publicada hoy en el BOE, acepta que esas acreditaciones de los test puedan presentarse también en francés y en alemán. Hasta ahora debían hacerse en español y en inglés, los únicos idiomas permitidos. En el caso de que no se pueda obtener en estos idiomas, el documento acreditativo deberá ir acompañado de una traducción al español realizada por un organismo oficial.
Se recuerda, igualmente, que la acreditación del resultado de la prueba se le podrá requerir en cualquier momento a la persona viajera. Del mismo modo, se mantienen los controles sanitarios que ya se llevan a cabo a todos los pasajeros internacionales en los puntos de entrada, como son el control de temperatura y el control visual.